Composición En sesión Plenaria extraordinaria celebrada el día 17 de Junio de 2023, quedó constituido este Ayuntamiento, con los siguientes concejales : D. VICTOR JUAN HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ D. MIGUEL ULISES AFONSO OJEDA Da. YARA CÁRDENES FALCÓN D. PEDRO SUÁREZ MORENO Da. JENNIFER DEL CARMEN SOSA MARTIN Da. INGRID NAVARRO ARMAS D. JOSÉ FRANCISCO NAVARRO MATÍAS D. TOMAS PÉREZ JIMÉNEZ Da. NAIRA NAVARRO HERNÁNDEZ Da.ISABEL SUÁREZ SÁNCHEZ Da.YAZMINA LLARENA MENDOZA D. RAFAEL HERNÁNDEZ GUERRA D. DAVID GODOY SUÁREZ
Acto seguido fue elegido Alcalde-Presidente de este Municipio D.VICTOR JUAN HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ.
Periodicidad de sesiones del Pleno Se propone celebrar las sesiones plenarias ordinarias el último martes de cada uno de los siguientes meses: enero, marzo, mayo, julio, septiembre, y noviembre, en horario de invierno a las 19 horas y con el cambio de hora a las 20 horas.
Atribuciones
Corresponden, en todo caso, al Pleno municipal en los Ayuntamientos, y a la Asamblea vecinal en el régimen de Concejo Abierto, las siguientes atribuciones:
a) El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
b) Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; alteración del término municipal; creación o supresión de municipios y de las entidades a que se refiere el artículo 45; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de nombre de éste o de aquellas entidades y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo.
c) La aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística, así como los convenios que tengan por objeto la alteración de cualesquiera de dichos instrumentos.
d) La aprobación del reglamento orgánico y de las ordenanzas.
e) La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modificación de los presupuestos, y la disposición de gastos en materia de su competencia y la aprobación de las cuentas; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
f) La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización.
g) La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas.
h) El planteamiento de conflictos de competencias a otras entidades locales y demás Administraciones públicas.
i) La aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los funcionarios y el número y régimen del personal eventual.
j) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria.
k) La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.
l) La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público.
m) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto --salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior-- todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ñ) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.
p) Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial.
q) Las demás que expresamente le confieran las leyes.
Corresponde, igualmente, al Pleno la votación sobre la moción de censura al Alcalde y sobre la cuestión de confianza planteada por el mismo, que serán públicas y se realizarán mediante llamamiento nominal en todo caso, y se rigen por lo dispuesto en la legislación electoral general. El Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Alcalde y en la Junta de Gobierno Local, salvo las enunciadas en el apartado 2, párrafos a), b), c), d), e), f), g), h), i), l) y p), y en el apartado 3 de este artículo.
Constituir la Junta de Gobierno Local, órgano colegiado municipal de carácter resolutorio, que quedará integrada por los miembros siguientes:
D. PEDRO SUÁREZ MORENO
Da. YARA CÁRDENES FALCÓN
Da.INGRID NAVARRO ARMAS
D.JOSE FRANCISCO NAVARRO MATIAS
La Junta de Gobierno Local celebrará sus sesiones los miércoles no festivos, de forma quincenal, a las nueve horas, en las dependencias de este Ayuntamiento.
Facultar al señor Alcalde para suspender la celebración de las sesiones de la Junta de Gobierno Local del mes de agosto y para alterar las que coincidan con Semana Santa y Navidad, como consecuencia de los periodos vacaciones, cuando ello no menoscabe la gestión de los asuntos municipales, así como para posponer o avanzar la celebración de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local, dentro de la misma semana de su celebración, cuando el día fijado sea festivo.
Atribuciones
Organización de la Junta de Gobierno Local. (Art. 23 Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local) Corresponde a la Junta de Gobierno Local:
a) La asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones.
b) Las atribuciones que el Alcalde u otro órgano municipal le delegue o le atribuyan las leyes.
Los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde, siendo libremente designados y removidos por éste de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, de entre los Concejales.
El Alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, en los Tenientes de Alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera Concejales, aunque no pertenecieran a aquélla.
Se crean las siguientes Comisiones Informativas de carácter permanente:
1.- COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS.
TITULARES Presidente: Don Víctor Juan Hernández Rodríguez. D.Pedro Suarez Moreno Da.Yara Cárdenes Falcón. D. David Godoy Suárez D. Tomás Pérez Jiménez
SUPLENTES: Da. Ingrid Navarro Armas D. Miguel Ulises Afonso Ojeda Da. Naira Navarro Hernández Da. Yazmina Llarena Mendoza Da. Isabel Suárez Sánchez
2.-COMISIÓN INFORMATIVA DE ECONOMÍA Y HACIENDA - DESARROLLO ECONÓMICO - RÉGIMEN INTERIOR.
TITULARES Presidente: Da.Yara Cárdenes Falcón. D.Pedro Suarez Moreno D. Miguel Ulises Afonso Ojeda Da. Isabel Suárez Sánchez Da. Yazmina Llarena Mendoza
SUPLENTES: Da. Ingrid Navarro Armas Da. Jennifer del Carmen Sosa Martín Da. Naira Navarro Hernández D. Tomás Pérez Jiménez D. David Godoy Suárez
3.-COMISIÓN INFORMATIVA DE FOMENTO - URBANISMO - VIVIENDA - MEDIO AMBIENTE - AGRICULTURA - GANADERÍA - PESCA - INDUSTRIA Y COMERCIO.
TITULARES Presidente: D. Pedro Suárez Moreno Da. Ingrid Navarro Armas D. Víctor Juan Hernández Rodríguez D. David Godoy Suárez Da. Naira Navarro Hernández
SUPLENTES: D. José Francisco Navarro Matías D. Miguel Ulises Afonso Ojeda D. Tomás Pérez Jiménez Da. Yazmina Llarena Mendoza Da. Isabel Suárez Sánchez
4.-COMISIÓN INFORMATIVA DE BIENESTAR SOCIAL - NUEVAS TECNOLOGÍAS - CULTURA - DEPORTES Y SERVICIOS.
TITULARES Presidente: Da. Ingrid Navarro Armas Da. Jennifer del Carmen Sosa Martín D. Miguel Ulises Afonso Ojeda D. David Godoy Suárez Da. Yazmina Llarena Mendoza
SUPLENTES: Da.Yara Cárdenes Falcón D. José Francisco Navarro Matías Da. Isabel Suárez Sánchez D. Tomás Pérez Jiménez Da. Naira Navarro Hernández
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